martes, 30 de octubre de 2012

COMSI Ltda. es la adjudicataria del alcantarillado sanitario de Minero

Se trata de una “asociación accidental” y por lo tanto no hay manera de saber si tiene o no trayectoria en el rubro del saneamiento básico.

Finalmente, después de mucho insistir, este medio escrito ha podido averiguar el nombre de la empresa que se adjudicó la construcción del sistema de alcantarillado sanitario y de una planta de tratamiento de aguas residuales en Minero.
Se trata de COMSI Ltda. Se adjudicó la obra por un monto de 23.194.444,17 bolivianos y un plazo de ejecución de 365 días, habiéndose definido el 31 de enero de 2014 como fecha de recepción de la obra final. A la licitación solo se presentaron dos empresas proponentes, la otra es la empresa constructora Apolo Ltda.
Fue difícil recabar información acerca de COMSI Ltda. En el SICOES (Sistema de Contrataciones Estatales) el MMAyA nunca publicó ninguna información sobre el proceso de adjudicación y contratación, no hay la resolución de adjudicación ni el contrato; solo el DBC. Es más, el sitio oficial del MMAyA ni siquiera ha informado oficialmente que ya hay una empresa contratada para construir el alcantarillado en Minero.
El jefe de la Unidad Coordinadora de Proyecto, Ing. Ramiro Tirao, vino a Minero el 2 de octubre, pero no dio ninguna pista acerca de la empresa adjudicataria. Solo pronunció el nombre a medias (al final no se le entendió) y tampoco presentó al empresario.
En los archivos oficiales de alcance nacional no aparece ningún antecedente que permita valorar la experiencia de esta empresa en el rubro del saneamiento básico. Es más, la propia cartilla oficial colgada en el SICOES reconoce que se trata de una “asociación accidental”.
Según la normativa jurídica vigente, una asociación accidental se caracteriza por el contrato en la que dos o más personas toman interés en una o más operaciones determinadas o transitorias, a cumplirse mediante aportaciones comunes, llevándose a cabo las operaciones por uno, dos, tres o hasta todos los asociados, según se convenga en el contrato. Este tipo de asociación no tiene personalidad jurídica propia y carece de denominación social. No está sometida a los requisitos que regulan la constitución de sociedades comerciales, ni requiere la inscripción en el Registro de Comercio. El o los asociados encargados de las operaciones, actúan en su propio nombre.

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