domingo, 1 de julio de 2012

Nueva ley prohíbe consumir bebidas alcohólicas en campos deportivos y andar borracho por la calle

Parroquianos amanecidos y desechos de tanto tomar en la fiesta de un barrio, 
donde la Alcaldía fomenta el consumo masivo de cierta marca de cerveza.

Se establecen multas que van de 250 a 20.000 UFVs, además de trabajos comunitarios. La norma empero cae en algunas contradicciones.

A partir de ahora ya no se podrá beber en escenarios deportivos ni al interior de vehículos motorizados sean privados o del transporte público, tampoco andar ebrio en la vía pública, según la nueva Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas que acaba de aprobar la Cámara de Diputados.
Según la norma, los infractores serán sancionados con una multa de 250 UFVs (Unidades de Fomento a la Vivienda) o trabajos comunitarios.
La denominada Ley Antialcohol hará que sea necesario readecuar acá en Minero la ordenanza municipal 031/2011 (Reglamento de Locales de Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas) que el año pasado los concejales aprobaron tal y como la propusieron los propietarios de lenocinios, chicherías, licorerías, cabañas, rockolas, karaokes y otros antros de perdición, desechando incluso el proyecto de un periodista que planteaba una pausa de 10 años en la concesión de licencias de funcionamiento.
Pero además la nueva ley obligará a los municipios a dar cumplimiento a sus propias normas porque resulta que en Minero la Comuna permite el funcionamiento de karaokes y bares a menos de 100 metros de algunos establecimientos educativos, pese a que la ordenanza 031/2011, aprobada hace menos de un año, lo prohíbe.
El Art. 31 de la Ley Antialcoholprohíbe la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, así como el ingreso de estos a los boliches, so pena de una multa de 10.000 UFVs a la primera vez y la clausura del establecimiento en caso de reincidencia.
Los locales tampoco podrán atender a personas en estado de ebriedad. Tampoco un borracho podrá caminar por la calle en compañía de un menor de 18 años.
La nueva ley prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas entre las 3:00 a.m. y las 9 a.m., aunque no especifican los días.
Aunque en su exposición de motivos la nueva disposición legal asegura buscar la prevención del alcoholismo con un “enfoque integral” de la familia boliviana, empero se contradice al permitir que las alcaldías sigan fomentando el expendio masivo de bebidas alcohólicas en las fiestas patronales, incluso al extremo de patrocinar el consumo de cierta marca de cerveza como ocurre actualmente en Minero.
Asimismo, despierta serias dudas el que se establezca que será la Policía Bolivianala encargada de cobrar las multas a los conductores que sean encontrados en estado de ebriedad, cuando lo correcto sería que se le extienda al infractor una boleta y que vaya a pagar al banco. 

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