La nueva Ley de Participación y Control Social
no solo ha eliminado al Comité de Vigilancia sino que también faculta a las
organizaciones vecinales y a los usuarios a intervenir frente a los cortes
sistemáticos del servicio de agua potable por parte de Cosmin.
Y es que los vecinos se están cansando de que
cada vez que abren el grifo no saben si chorreará agua o no. Los cortes son
cosa de todos los días. Por ejemplo, el jueves 18 de abril no hubo agua toda la
tarde. La situación ya es insostenible.
Dicho instrumento legal, que fue promulgado el
5 de febrero por el presidente Evo Morales Ayma, establece que determinados
actores vecinales pueden organizarse en un ente transitorio para tomar cartas
en el asunto con el fin de establecer la razón de esto que ya se ha convertido
en una rutina de cortes del servicio de agua potable en Minero, que encima se
efectúan sin previo aviso, así como para investigar asuntos pendientes de larga
data como el contrato para la elaboración del proyecto de alcantarillado
sanitario que, según fuentes del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, fue
desechado, lo que de ser cierto significaría que se fueron al tacho de basura
cerca de 75 mil dólares más intereses.
En su descargo las autoridades de Cosmin
dijeron en una radioemisora local que los cortes se originan debido a los daños
que estaría provocando la empresa constructora Comsi Ltda. a medida que sus
maquinarias perforan las calles para instalar la red de alcantarillado
sanitario, sin embargo, los ejecutivos de la cooperativa nunca han mostrado ni
una sola prueba de lo que dicen.
Lo que se sospecha es que Cosmin recurre a los
cortes como un mecanismo para racionar el servicio de agua potable en vista de
que solo cuentan con un único pozo, el Nº 8, y porque en dos años de gestión no tuvieron la visión de
anticiparse a los hechos ya que se envolvieron en peleítas de tipo político con
la Alcaldía
Municipal , así como en actividades que nada tienen que ver
con el quehacer de la cooperativa.
Al respecto el secretario de Defensa del
Consumidor de la Fejuve
departamental, Francisco D’Alencar, manifestó su preocupación
por esta situación: “Ya está de buen tamaño que nos corten el agua cuando les
da la gana, los minereños estamos perdiendo el derecho a bañarnos a la hora que
nos plazca hacerlo”, dijo el ex alcalde añadiendo que en cualquier momento se
podría articular un movimiento con el fin de poner coto a esta situación.
En la misma posición se expresó el presidente
del Comité de Vigilancia.
LO QUE DICE LA
NUEVA LEY
Ley de Participación Popular y Control
Social.-
El Art. 7 parágrafo 3 indica que existen tres
actores en el Control Social y se refiere a los “actores circunstanciales”
señalando que “son aquellos que se organizan para un fin determinado, y que
cuando el objetivo ha sido alcanzado, dejan de existir”.
El Art. 8 describe los derechos de estos
“actores circunstanciales”:
2.- Realizar Control Social a la ejecución de
planes, programas y proyectos en todos los niveles del Estado y/o de las entidades privadas que administran
recursos fiscales, y/o recursos naturales.
3.- Realizar
Control Social y acceder a información documentada sobre la calidad de los
servicios básicos que prestan las empresas públicas, privadas, incluyendo las
cooperativas u otro tipo de entidades.
6. Acceder a información documentada y
estadística, de todas las entidades públicas y de las privadas que administran
recursos fiscales y/o recursos naturales.
El artículo 9 establece las atribuciones de esos “actores circunstanciales”:
1.- Denunciar actos irregulares, promover el
procesamiento y exigir el cumplimiento de resoluciones en contra de […] entidades privadas que administren recursos
fiscales y/o recursos naturales, o presten servicios básicos, ante las instancias competentes.
En el Art. 26 se indica lo siguiente: “Los
actores de la
Participación y Control Social y los usuarios ejercerán
Control Social […] a la calidad de los
servicios públicos básicos prestados por entidades privadas”.
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