jueves, 29 de marzo de 2012

Algunas cuestiones acerca de los 58.000 dólares

El contrato notariado
en tiempo récord por
la Gobernación cruceña.
El caso de los 58 mil dólares ya lleva casi cuatro meses envuelto en el misterio ya que hasta la fecha, pese a que la denuncia salió de la Alcaldía mediante los medios de comunicación, no ha habido empero un informe oficial que permita conocer adónde fue esa plata, quién la cobró, quiénes están implicados, qué obra adicional se hizo, quiénes autorizaron las planillas de avance de obra, etc. Llama la atención que el Comité Cívico, que siempre presiona a Cosmin exigiéndole informes económicos, no diga nada sobre este espinoso asunto. Resulta por ello inevitable, una vez conocidos los hechos, formular algunas consideraciones periodísticas:
1.- De haber habido una pizca de ética en la clase política, la alianza municipal MIR-MNR-MAS debió disolverse tras descubrirse el hecho. El ama suwa debió haber primado por encima de todo, incluso por encima de las pegas.
2.- El MAS estaría preparando el terreno para un eventual referendo revocatorio en diciembre de 2012, una vez que el alcalde Freddy Rivero haya cumplido la mitad de su mandato, ya que así lo establece el Art. 27 de la Ley del Régimen Electoral.
3.- La denuncia formulada por Osberth Carrillo buscaba aparentemente la muerte civil de Braulio Mamani y de Gloria Becerra, pero, para ser justos, tanto la presidenta de Cosmin como el presidente del Concejo tenían que correr igual suerte ya que ambos suscribieron la resolución municipal 010/2006.
4.- El emenerrista Ruddy Rodríguez asegura que se enteró del convenio recién en el año 2010. Sin embargo, documentos del FNDR muestran que cuando él fue alcalde (2008-2009) la Comuna honró esa deuda pagando las cuatro cuotas que le correspondían.
5.- La explicación del actual alcalde suena más creíble, pero cualquiera con un poco de lógica podría plantearse cómo se toma la decisión de pagar una deuda -aunque sea una deuda heredada- sin siquiera preguntar por qué se la está pagando.
6.- Tres personajes aseguran que nunca tuvieron conocimiento del convenio entre Braulio Mamani y el FNDR. Sin embargo, la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz tipifica la omisión como un delito bajo la figura jurídica de “incumplimiento de deberes”. El “yo no sabía” es, por lo tanto, una omisión.
7.- Se tiene que analizar también el grado de responsabilidad del director ejecutivo del FNDR ya que el punto 1.3 de la cláusula primera del convenio dice textualmente: “La solicitud de financiamiento del Proyecto fue autorizada por resolución del Concejo Municipal de Minero Nº 010/2006”. ¿Cómo es que los abogados del Estado Plurinacional dejan “pasar” una resolución que a leguas hablaba de otra cosa?
8.- Además, no se ha encontrado un solo indicio de que empresa alguna hubiera efectuado algún trabajo adicional en el barrio Progreso.

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